La Ley de Educación Nacional establece que el sistema educativo está organizado en cuatro niveles: educación inicial, primaria, secundaria y superior.
La educación inicial está destinada a los niños y a las niñas desde los 45 días hasta los cinco años de edad inclusive, cuyos dos últimos años son obligatorios.
Este nivel incluye dos tipos de instituciones: los jardines maternales, que atienden a los chicos desde los 45 días hasta los dos años, y los jardines de infantes, que reciben a los chicos desde los tres hasta los cinco años.
Para este nivel, la ley establece entre sus objetivos:
promover en los niños y las niñas valores tales como la solidaridad, la confianza, el cuidado, la amistad y el respeto a sí mismos y a los demás;
estimular su creatividad;
impulsar su desarrollo a través del juego;
desarrollar su capacidad de expresión y comunicación.
El nivel inicial: del lujo urbano al derecho social. Un recorrido histórico por las características de las instituciones destinadas a atender a la primera infancia, desde fines del siglo XVIII hasta la actualidad.
Plan quinquenal para la educación
Recientemente, y en el marco del Consejo Federal de Educación, se aprobó el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012-2016.
El plan establece una serie de propósitos por cumplirse durante los próximos años en los primeros tres niveles de enseñanza, así como también las obras de infraestructura necesarias para su concreción.
Para el nivel inicial, se acordó que el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben asegurar la universalización de la educación desde los 45 días hasta los cinco años, la obligatoriedad de las salas de cuatro y cinco años y la alfabetización inicial.
En octubre de 2014, la Cámara de diputados de la Nación aprobó por unanimidad la obligatoriedad de la sala de 4 años. Previamente, en algunas jurisdicciones ya se había fijado la obligatoriedad escolar desde los cuatro años: es el caso de la provincia de Buenos Aires, a través de la Ley de Educación N.º 13.688, y de la provincia de Córdoba, mediante la Ley N.° 9870.
Recomendaciones útiles para elegir un jardín
Considerar la cercanía geográfica.
Asegurarse de que los horarios de entrada y de salida se ajusten a los horarios de tu trabajo.
Indagar si brinda servicios que cubran las necesidades laborales durante las vacaciones de invierno y de verano.
Cerciorarse de que el jardín esté reconocido por el Ministerio de Educación.
Corroborar que el personal docente tenga título habilitante.
Informarse sobre la metodología y el modelo de enseñanza.
Averiguar cuántos chicos y docentes hay por sala.
Evaluar las condiciones de seguridad en cuanto a la arquitectura y el control sobre el ingreso y la salida de personas.
Observar que las aulas sean amplias, luminosas y con la ventilación adecuada.
Si el jardín funciona en el mismo edificio que la escuela primaria, asegurarse de que tenga un espacio exclusivo reservado para los más chiquitos (patios, baños, etc.).
Si el niño se va a quedar a comer en el jardín, preguntar cómo es la alimentación y tener en cuenta las condiciones higiénicas de la cocina y el comedor.
Conversar con otros padres para pedirles su opinión.
Charlar con el director y algunos docentes para conocer sus ideas educativas y la organización del jardín.